
Justicia para un Adolecente Víctima de Acoso Escolar
En un gesto sin precedentes, la Sala Cuarta de Revisión de la Corte Constitucional de Colombia envió un mensaje contundente a un niño de 14 años, víctima de acoso escolar, al resolver un fallo de tutela que expone fallas graves en la protección de los derechos fundamentales en las instituciones educativas. La Corte afirmó que el acoso escolar “nunca debe ser tolerado” y subrayó la gravedad de la inacción institucional en su caso.
El adolescente interpuso la tutela luego de ser expulsado de su colegio tras denunciar actos discriminatorios contra dos compañeras, quienes fueron amenazadas con ser expulsadas tras un gesto de afecto público. El joven también cuestionó contenidos inapropiados en una clase de educación sexual que promovían estereotipos contrarios a la diversidad. Tras la divulgación de los hechos por una fundación de derechos humanos, la institución educativa reaccionó con represalias, expulsándolo sin el debido proceso.
Una Respuesta Judicial que Marca un Precedente
La Corte explicó al adolescente que, aunque en Colombia existen mecanismos como la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, en su caso, estos no fueron activados. Por el contrario, las medidas adoptadas por el colegio y la Secretaría de Educación agravaron su exclusión.
En palabras dirigidas al menor, la Corte expresó:
“Sabemos que enfrentaste momentos difíciles en tu colegio debido a actos de discriminación que afectaron tu bienestar. […] El acoso escolar es un problema que nunca debe ser tolerado, y es aún más reprochable cuando es facilitado o ignorado por las instituciones educativas.”
La Sala enfatizó que el entorno educativo debe ser un espacio seguro, inclusivo y libre de prejuicios. La institución no solo falló en proteger al estudiante, sino que reforzó estereotipos dañinos y violó derechos fundamentales como el libre desarrollo de la personalidad y la no discriminación.
Medidas Correctivas Ordenadas por la Corte
En su fallo, la Corte ordenó una serie de acciones para garantizar la protección del niño y prevenir la repetición de estos hechos:
Acto de excusas: Tanto el colegio como la Secretaría de Educación deberán disculparse públicamente o en privado, según la preferencia del estudiante.
Revisión del manual de convivencia: El colegio deberá incorporar procedimientos claros que aseguren el debido proceso en casos de sanciones graves.
Nivelación académica gratuita: Se deberá garantizar que el estudiante reciba el apoyo necesario para recuperar las clases perdidas.
Prohibición de represalias: El colegio deberá abstenerse de realizar actos o comentarios que afecten la integridad del menor.
Una Llamada a la Inclusión y al Respeto
La Corte reiteró que la educación debe ser un pilar para el desarrollo humano, basado en principios de dignidad, igualdad y respeto a la diversidad. Subrayó que las instituciones educativas tienen el deber de garantizar entornos libres de discriminación, donde los niños y niñas puedan desarrollar su identidad y defender sus derechos sin temor a represalias.
Con esta decisión, la Corte Constitucional no solo protege los derechos de un niño valiente que alzó su voz contra la injusticia, sino que también envía un mensaje claro a la sociedad: la inclusión y el respeto no son negociables en el sistema educativo colombiano.
Sentencia T-529 de 2024
Magistrado Ponente: Vladimir Fernández Andrade